LA TRIQUINELOSIS

 

INTRODUCCION / EN EL HOMBRE / PREVENCION / TRATAMIENTO / METODOS / SENASA / TRIQUINELOSIS PORCINA / ACTO DE INTERDECCION

 

Es una de las Zoonosis más peligrosas para la especie humana y está muy difundida en casi todo el mundo.

Su nombre vulgar, más común, es el de Triquinosis, aunque en realidad, debe denominarse como Triquinelosis. Esta confusión proviene del vocablo genérico Trichina, con el que Richard Owen, en la primera mitad del siglo XIX, designó a los agentes productores de la afección. En la actualidad, el nombre de Trichina no se usa más, ya que se sabe que desde el año 1830, es utilizado para clasificar un género de dípteros. Raillet propuso el nombre Trichinella para clasificarlo, de allí su denominación de Triquinelosis.

La parasitosis tiene como huéspedes habituales los cerdos. La infección, que en éstos produce, es de carácter primario, alcanzando al ser humano en forma secundaria.

Su diagnóstico se realiza en las inspecciones sanitarias post-faena. Si bien una infestación masiva suele pasar inadvertida, en algunos casos y en cerdos jóvenes puede llegar a evidenciarse.

A menudo, la sintomatología suele confundirse con avitaminosis, carencias minerales, Peste Porcina Clásica, como así también algunas lesiones nerviosas. Con relación a la característica de la patología y clínica humanas, puede encuadrarse a ésta como una parasitosis evidenciada por fiebre, trastornos intestinales, algias musculares, edemas periorbitales y un cuadro hemático típico de hipereosinofilia.

Trastornos cardíacos y neurotóxicos pueden acompañar a la sintomatología mencionada, dándole a la misma un carácter de grave. Sin embargo, puede que estos síntomas no tengan manifestación aparente o bien, se hallen minimizados.

Se puede decir, que es una helmintiasis sui géneris, que presenta profundas diferencias con casi todas las parasitosis conocidas. No tiene vectores de ninguna especie, desarrollándose totalmente dentro del mismo hospedador. El agente etiológico es un pequeño gusano redondo de color blanquecino, cuyas hembras miden entre 3,5 a 4 mm de longitud, mientras que los machos no sobrepasan 1,5 mm. Ambos presentan el extremo anterior aguzado y el posterior redondeado.

Los parásitos adultos, no perduran más que un ciclo, es decir, no producen varias generaciones, sino que se hacen adultos, copulan y mueren dejando una sola generación de embriones. Este gusano, se mantiene por la existencia de organismos huéspedes, casi todos mamíferos y carnívoros, teniendo dos ciclos: el doméstico y el selvático. El ciclo doméstico incluye cerdos, ratas, gatos y perros, siendo el de mayor riesgo para las personas el cerdo, dado que su carne es utilizada como alimento. El ciclo selvático (o silvestre), comprende una gran diversidad de mamíferos y carnívoros, como los osos, linces, hienas, zorros, peludos, jabalíes y chacales. También mamíferos marinos, incluyendo morsas y focas.

En ambos casos, el comienzo se origina cuando uno de estos huéspedes (incluyendo el hombre), ingiere carne infectada con embriones viables del parásito (T.S.). Esta carne con las cápsulas, pasa al estómago e intestino, en donde los ácidos de los procesos digestivos las disuelven, liberándo así los embriones. Allí, crecen y llegan rápidamente al estado adulto. Luego de tres o cuatro mudas realizadas en lapso de tiempo muy breve, machos y hembras entran en cópula al tercer día de comenzada la infección. La hembra fecundada (vivípara, en virtud de que los huevos son incubados en el útero), se encuentra fija a la mucosa intestinal, por su extremo anterior. Inicia así, la puesta de embriones, que al nacer, reciben la denominación de larvas.

Esto último, acaece aproximadamente, a la semana de haber comenzado la infección, y puede prolongarse por espacio de cuatro semanas más.

Las minúsculas larvas (80 micrones), con su extremidad aguzada, penetran en los vasos línfaticos, y por esta vía llegan a los nódulos linfáticos mesentéricos. De allí, se dirigen al conducto torácico y penetran en la circulación sanguínea, para finalmente, por un mecanismo hoy desconocido, alojarse en los músculos esqueléticos. Las mayores localizaciones, están directamente relacionadas con la función muscular y la irrigación sanguínea.

Una vez dentro de las fibras musculares, estas larvas sufren diferentes modificaciones, orientadas fundamentalmente a su diferenciación sexual, presentando el característico arrollamiento en forma de espiral.

La acción defensiva del organismo parasitado, conduce a la formación de la cápsula, distrofias hialinas, cereas, grasas e infiltraciones cálcicas. El corazón no es invadido por el parásito, sólo sufre alteraciones por acción neurotóxica. Los músculos lisos, tampoco suelen alojarlo.

Una vez concluída la invasión muscular por las larvas, el ciclo evolutivo de la Trichinella Spiralis finaliza, permaneciendo en el huésped en forma potencial y definitiva.

Cada hembra fecundada, garantiza una producción de entre 1.000 a 1.500 larvas destinadas a la localización muscular.

Se ha podido determinar, experimentalmente, que para que un cerdo de 70 kg de peso, muera por triquinelosis, debe recibir una cantidad de 700.000 larvas, algo que difícilmente pueda ocurrir en forma natural.

 

LA TRIQUINELOSIS EN EL HOMBRE

Al igual que el cerdo y otros animales, el ser humano adquiere la Triquinelosis por consumir carne de cerdo parasitada, insuficientemente cocinada o cruda, como los chacinados (estén salados o ahumados).

Dependerá de la cantidad de larvas ingeridas, que se manifieste o nó en forma clínica (con sintomatología). Para que un ser humano presente síntomas, debe ingerir no menos de 70 larvas. Desde la ingestión del alimento parasitado, hasta la aparición de los primeros síntomas, transcurren como término medio diez (10) días.

El curso, irregular de esta parasitosis, presenta una característica única para este tipo de afecciones y es la fiebre, poca o muy marcada, remitente y que puede llegar hasta los 41ºC.

En general, este curso puede dividirse en tres fases:

Fase intestinal.

Liberación de las larvas contenidas en la carne parasitada ingerida, crecimiento, transformación en adultos, cópula y larviposición. Se caracteriza por presentar pérdida de apetito, vómitos, dolor abdominal y diarrea. Se lo suele llamar tifoideo o coleriforme e induce a confusión con toxinas alimenticias o infecciones microbianas.

Fase de migración larvaria.

Distribución de las larvas por la sangre e invasión de los músculos estriados. Aparece el síntoma que más contribuye al diagnóstico que es el edema (hinchazón) palpebral, dolores musculares, dolor de cabeza y fiebre. Hay alguna sintomatología respiratoria, neurológica y fenómenos de alergia. Se la puede denominar fase reumatoidea.

Fase de recuperación.

Cuando la infestación es moderada, la enfermedad suele durar unos 10 días., en tanto que en las más severas puede prolongarse un (1) mes o más. Se produce el enquistamiento de las larvas en los músculos, con desarrollo de fenómenos tóxicos o de hipersensibilidad. Pueden persistir los dolores musculares por varios meses.

 

PREVENCION DE LA TRIQUINELOSIS

Estas líneas, contribuyen a la aplicación de medidas y conductas básicas de prevención contra la Triquinelosis.

DIFUSION DE LA ENFERMEDAD

La propagación entre la población de cerdos se produce por la ingestión de residuos crudos, alimentación de cerdos en basurales y con residuos no tratados. La infección solo se transmite por la ingestión de carne parasitada con Trichinella Spiralis, ya sea de cerdo a cerdo, de los roedores al cerdo, entre roedores o el hombre por consumir carne de cerdo o jabalí parasitado. La rata común, Rattus norvegicus, habitante normal de los criaderos mal cuidados, con acumulación de residuos y/o basurales, es la más importante como elemento conservador y propagador de la infestación, ya que pasa de rata en rata por acción del canibalismo.

En definitiva, tanto por acción de ratas infestadas, como por el consumo de carne parasitada, el cerdo se enferma. Con respecto a las deyeciones (materias fecales) de los cerdos, que contienen formas sexuadas de Trichinella Spiralis y larvas mudadas, carecen de importancia como elementos capaces de producir la infestación. Tanto la forma adulta, como la larva, son destruídas por acción de los jugos digestivos. Por lo anterior, es muy importante señalar, que la faena clandestina de cerdos, es la causa de la aparición de los brotes humanos de la enfermedad.

En cuanto a la sintomatología, es muy difícil determinar un orden de la enfermedad en el cerdo. Esta pasa inadvertida por la resistencia del animal, a menos que la infestación sea tan elevada que provoque reacciones morbiliformes. La sensibilidad y morbilidad son más acentuadas en los cerdos jóvenes. Sus características más destacadas son las perturbaciones intestinales, diarreas, acompañadas con disfonía del ronquido, fenómenos parapléjicos y paralíticos del tren posterior, incurvamiento dorsal y postración general. Por ello, la Triquinelosis, escapa al diagnóstico clínico y se traduce como un hallazgo a la inspección sanitaria de post faena.

DIAGNOSTICO

Método directo:

Se realiza mediante la toma de una muestra de músculo. Los elegidos comúnmente, para la inspección, son: base de la lengua, pilares del diafragma, intercostales, abdominales y maseteros. Estos son, corrientemente, los más parasitados.

 

Las técnicas utilizadas son:

Triquinoscopía Directa:

Se diagnostica la presencia del parásito (larvas) en pequeñísimas muestras de los músculos mencionados, los cuales son comprimidos en una prensa de vidrio y observados a través de un aparato llamado Triquinoscopio.

Digestión Enzimática Articial:

Consiste en realizar esta digestión, tal como si se efectuara en el organismo, de trozos de músculos y descubrir las larvas.

Método Indirecto:

Se buscan indicios de parasitosis, mediante la detección de anticuerpos. En nuestro país, esto se realiza en forma experimental, para cerdos en pie.

 

Los métodos son:

Inmunofluorescencia indirecta:

Se intentan detectar elementos de defensa (anticuerpos) que produce el organismo contra el parásito. Esta técnica es usada como rutina en el diagnóstico de triquinelosis en las personas.

Enzimoinmunoensayo:

No es técnica de rutina para la detección de la enfermedad en cerdos en pie. Como en el resto del mundo, sigue en estudio.

 

TRATAMIENTO

No existe una medicación a la que podamos recurrir específicamente, para atacar la enfermedad. La misma está orientada fundamentalmente a productos que eliminen los parásitos adultos que se encuentran en el intestino, antiparasitarios y aquellos que actúan sobre las diferentes sintomatologías que produce la acción del parásito. No hay nada por utilizar, para eliminar las larvas incluídas en el tejido muscular. Una vez allí, quedarán de por vida y dependerá de su cantidad, la determinación del grado de incapacidad que sufrirá el afectado. No se debe olvidar, que graves infestaciones, pueden ocasionar la muerte, ya sea por acción propia o bajando las defensas, permitiendo el accionar de alguna afección grave.

Teniendo en cuenta lo mencionado, vemos la importancia que adquiere la prevención.

 

SENASA ADVIERTE Y RECOMIENDA

 

Entre mayo y setiembre de cada año, se denuncian casos de Triquinelosis en humanos, a partir del consumo de carne de cerdo. Esta periodicidad coincide con la época en que los pequeños productores sacrifican sus animales para el consumo personal o para la venta de los subproductos elaborados sin controles sanitarios y por lo tanto clandestinamente.

La crianza y luego la elaboración «casera» de los productos del cerdo, no cuentan con ningún tipo de control sanitario, en la medida en que éste queda a la buena voluntad y responsabilidad del criador.

Cabe distinguir la diferencia entre elaboración «artesanal» (puede tratarse de una elaboración controlada por el SENASA), del conocido simplemente como «casero». SENASA, es el organismo nacional responsable de las medidas sanitarias y de control de los frigoríficos y elaboradores de chacinados que también realizan tráfico federal. En tal sentido informa que en todo el territorio nacional cuentan con la debida habilitación sólo 49 establecimientos.

En ellos, técnicos del Servicio analizan las muestras de CADA animal sacrificado, con el fin de determinar, que no tienen larvas de Triquinelosis. De esta manera, se autoriza su expendio, sea en forma de medias reses o para la elaboración de chacinados. Las medias reses de cerdo deben exhibir la identificación de la planta faenadora y la certificación sanitaria otorgada por el SENASA.

En el caso de los chacinados, deberá leerse claramente, en el envase, marbete o etiqueta, lo siguiente:

1) Marca del producto. 

2) Empresa responsable.  

3)Número de habilitación nacional del establecimiento.  

4) La palabra SENASA y su logotipo. 

5) Fecha de elaboración y de vencimioento del producto. 

6) Condición de mantenimiento en cuanto a temperaturas ambientales. 

7) Rótulo con la composición del producto.

 

La forma de combatir esta enfermedad es sencilla: en primer lugar el sitio de crianza del cerdo debe cumplir con las condiciones higiénicosanitarias establecidas por la legislación vigente.

Regularmente, se debe proceder al control de roedores (desratización). No alimentar a los cerdos en basurales, ni acumular basuras o residuos en la explotación porcina.

SENASA recuerda la prohibición de la faena familiar de cerdos y de la elaboración de productos y subproductos en establecimientos no habilitados por el Servicio y por lo tanto que carecen de inspección veterinaria oficial. La responsabilidad del SENASA se da por finalizada al salir los productos y/o subproductos del establecimiento elaborador habilitado.

 

PROCEDIMIENTOS ANTE UN FOCO DE TRIQUINELOSIS PORCINA

 

La atención de los focos de Triquinelosis, corresponde en forma primaria a los municipios y a las provincias, debido a reglamentaciones propias (Competencia Originaria) y luego, por Competencia Derivada, corresponde al SENASA.

Esta última, se presenta siempre y cuando el municipio y/o la provincia se vean desbordadas por las circunstancias. Es así, que ante una denuncia al SENASA o sus representantes, éstos deben comunicarla en forma fehaciente (por escrito), a la jurisdicción que corresponda (por competencia originaria) y luego, ante el pedido expreso de la misma, se decide la actuación.

En caso de llevar a cabo acciones, el SENASA fijará pautas de acciones y asistencia a las mismas, pero se debe tener en cuenta siempre, que la competencia originaria continúa perteneciendo a la jurisdicción correspondiente (municipio y/o provincia).

En síntesis, el SENASA actúa mediante dos formas: -Por pedido expreso de la autoridad con competencia originaria. -De oficio, por inactividad de la jurisdicción con competencia originaria; en este caso, también el representante del SENASA debe informar por escrito a la jurisdicción correspondiente.

Una vez decidida la actuación del SENASA, ésta comprende:

1.- Acciones a campo:

Es decir aquellas acciones que se desarrollan principalmente por el personal de la Gerencia de Luchas Sanitarias.

2.- Relevamiento epidemiológico retrospectivo:

Consiste en la búsqueda de información confiable y válida, para localizar los alimentos y/o cerdos sospechosos de haber transmitido la enfermedad. También de la documentación que sirva como antecedente e ilustre acerca de la ocurrencia de los hechos.

3.- Cuando hay personas afectadas:

Se requiere una constancia fehaciente de la existencia de personas afectadas y la solicitud de intervención del SENASA, por la jurisdicción con competencia originaria. Es de suma importancia, la identificación del elaborador/ vendedor/ proveedor del alimento infectado y desde éste, el/los criadero/s de origen de los cerdos triquinosos; esto puede tener tantas variantes, que únicamente un rastreo minucioso permitirá un correcto accionar. La principal fuente de datos, son los mismos enfermos o la información transferida por la autoridad sanitaria que los atienda. Asimismo, es de gran utilidad, obtener alguna muestra del alimento infectado (chacinados sospechosos o carne fresca), para confirmar el diagnóstico. Si no fuera posible, se la debe requerir a quien la haya realizado por atención de los enfermos o por lo menos un informe oficial de laboratorio con dicho resultado. Una vez identificado el vendedor/ elaborador/ proveedor de los alimentos, si no es una fábrica habilitada por el SENASA, debe intervenir la jurisdicción correspondiente.

Si fuera habilitada, se deberá comunicar de inmediato a la Gerencia de Comercialización y Control Técnico. A los fines de controlar la situación, si en el establecimiento elaborador se encuentran más alimentos sospecho que permitan también orientar la identificación del origen de los cerdos, como por ejemplo: - Quién le proveyó de los cerdos. - Si frecuentemente, compra al mismo proveedor. - Si utiliza residuos en la alimentación. - Cuál es la procedencia de los residuos. - Cualquier otro dato útil, que permita llegar al origen del foco. De la información que aporte el elaborador/ vendedor/ proveedor, se tratará de establecer el proveedor/ criador de los cerdos que dieron origen al brote.

Una vez localizado el criadero/proveedor de cerdos, el funcionario de la Gerencia de Luchas Sanitarias debe inspeccionar el mismo observando: - Cantidad de porcinos existentes. - Estado de producción. - Si están señalados. - Alimentación suministrada. - Estado de los alambrados (a fin de asegurar el adecuado confinamiento hasta que sean transportados a faena). - Si los cerdos quedan en el criadero o tienen acceso a otros predios. - Si el establecimiento está ubicado próximo a algún lugar donde se acumulan basuras, etc. - Indicios de cuevas de roedores, peludos, restos de huesos de mataderos, etc. o cualquier elemento que facilite la aparición y/o mantenimiento de esta Zoonosis.

En las actas coorrespondientes, se deberá consignar toda esta información. Luego se procederá a la identificación de los cerdos con números a fuego o con caravanas. Esto es muy importante para limitar posibilidades de desaparición de los cerdos.

En caso de lechones, se podrá intentar la identificación mediante tatuajes o indicar en el acta la cantidad lo más precisa posible. Deben consignarse exactamente por categorías. En caso de tener que interdictar en más de un establecimiento, USAR NUMEROS CORRELATIVOS desde el primer hasta el último lugar intervenido (en relación al mismo brote).

Se evita así, que en la faena, dos o más cerdos tengan el mismo número. También se debe:

- Requerir del propietario el número de Ficha Sanitaria (para el registro de las vacunaciones contra Peste Porcina Clásica). - Recabar información referida al ingreso de porcinos y fechas. Si hubiera ingreso de porcinos previo a los sesenta (60) días, de uno o más establecimientos, se deberá interdictar también. Ello dependerá de la correlación de la categoría de los cerdos que ingresaron, el tiempo transcurrido y si el propietario incriminado primeramente en el seguimiento retrospectivo, da cuenta de ello.

- Requerir que el propietario acredite la propiedad de los animales, mediante la exhibición del boleto de señal correspondiente. Como generalmente, no ocurre tal circunstancia y a veces, según la situación puede ser muy necesario, una de las formas es solicitar que acredite la propiedad de los animales mediante una declaración jurada realizada en Sede Policial . 

 

ELABORACION DEL ACTA DE INTERDICCION.

 

Cuando el propietario de los animales sospechosos de Triquinelosis, no pueda acreditar esa tenencia mediante la exhibición del boleto de señal correspondiente, deberá realizar una declaración jurada en Sede Policial.

Para ello, se deja escrito en el Acta de Interdicción, que el propietario deberá acreditar la propiedad de los porcinos (indicando cantidad) mediante Declaración Jurada a la brevedad posible. A su vez, el Inspector actuante se presenta en la comisaría que corresponda y solicita por nota, que se cite al mencionado propietario para que preste una Declaración Jurada sobre la propiedad de porcinos (indicando cantidad) existentes en el predio que se menciona, por ser «sospechosos de Triquinelosis».

La Policía cita al propietario y le toma la Declaración Jurada, la cual el Inspector actuante deberá retirar de dicha sede.

La Declaración Jurada se acompañará luego con la restante documentación. Similar procedimiento, cabe para los casos de más de un propietario. Luego se labrará el Acta con letra legible, en la que conceptualmente, se informará la situación al momento, se menciona lo actuado y se establecen medidas sanitarias, a saber: Apellido, nombres, número de documento y tipo; domicilio del propietario de los cerdos.

Ubicación del establecimiento, indicando todos los datos que se crean necesarios para una correcta identificación.

Estos, se utilizarán posteriormente para confeccionar la Resolución y eventualmente tramitar una Orden de Allanamiento.

Se interdicta el establecimiento por (describir causa); con una población de (cantidad total) de porcinos; de las siguientes categorías e identificados con números a fuego (o caravanas) desde el número:... al... son ## (cantidad) de padrillos; desde el número:... al... son ## (cantidad) de chanchas; desde el número:... al... son ## (cantidad) de cachorros/as; desde el número:... al... son ## (cantidad) de lechones; desde el número:... al... son ## (cantidad) de capones; los que pasan a ser «sospechosos de Triquinelosis», con único destino a faena en establecimiento para Inspección Veterinaria oficial.

La interdicción continuará hasta la despoblación total de la explotación. Sólo se podrá volver a repoblar cuando lo determine la Gerencia de Luchas Sanitarias del SENASA.

Indicar que se le hace saber al propietario que no podrá ingresar ni retirar porcinos, sin previa autorización de la Comisión Local de (lugar que corresponda de acuerdo a la explotación), sita en (domicilio).

Indicar si el propietario tiene Libreta o Ficha Sanitaria.

Indicar si están señalados.

Indicar si el propietario tiene boleto de señal. Si es así, constar el número y diseño.

Mencionar la alimentación que se les administra a los porcinos.

Indicar, de ser posible, si el establecimiento ha tenido antecedentes de triquinelosis (cuándo y demás circunstancias).

Toda información procedente de la inspección al establecimiento.

Uno de los datos que muchas veces trae problemas, es la mención de las categorías a que pertenecen, debido a que el dueño categoriza a sus animales con un criterio y el inspector con otro. Posteriormente, cuando se transportan a faena, aparecen diferencias.

Para simplificar, pueden considerarse las siguientes categorías: Padrillos. Chanchas (a partir de la primera parición). Capones. Cachorros y cachorras. Lechones. El acta así elaborada deberá estar firmada por:

a) El propietario de los porcinos, indicando claramente el número de documento bajo la firma y la aclaración de la misma. En caso de no saber firmar, deberá estampar el dígito pulgar derecho. b) El funcionario o funcionarios actuantes, indicando en todos los casos la Entidad a la cual representan y el nombre y apellido aclarados.

En caso de que el propietario se negase a firmar, se solicitará un testigo habilitado, que no puede ser ninguno de los intervinientes en el operativo, ni representantes de las Entidades involucradas. Debe dejarse entonces, una copia del Acta labrada, a la vista del imputado (aclarándose dicha situación con anterioridad: «...negándose el involucrado a recibir copia del Acta confeccionada, se deja copia de la misma a la vista del presente, siendo testigos de dicho acto los funcionarios actuantes...»). Todo renglón en blanco deberá ser testado, y aquellas palabras fuera del acto realizado, testadas y con la inscripción al pie del Acta: Testado VALE, con la firma del funcionario actuante. Documentación que debe remitirse al Programa Enfermedades de los Porcinos del SENASA: Informe sobre la cantidad de personas afectadas, con diagnósticos positivos y sospechosos; lugar donde se realizaron los mismos y cualquier otro elemento que permita resolver rápidamente la situación. Si las hubiere, copia de la notificación al representante del SENASA (Inspector de la Comisión Local) y copia de notificación del Inspector actuante a la jurisdicción con competencia originaria que corresponda. Acta de la Interdicción realizada (de acuerdo al modelo descripto).

Informe detallado de lo actuado. Copia de las publicaciones periodísticas que dan cuenta de la situación. Toda documentación e información que se estime de importancia y que corresponda al caso. Una vez reunidos todos los antecedentes, el Programa de Enfermedades de los Porcinos, solicitará se confeccione el respectivo expediente, y luego se evaluará la situación, iniciándose las actuaciones administrativas correspondientes.

Seguidamente, se procederá a redactar la Resolución (previa vista de las partes con competencia), a fin de ordenar las acciones de control de la situación. El SENASA entonces podrá: a) Declarar la zona, partido, departamento, circunscripción, predio, municipio o provincia como «Infestados de Triquinelosis Porcina». b) Ordenar la despoblación total de las explotaciones, enviando (en forma escalonada y de acuerdo a la cantidad de animales) a faena sanitaria en establecimiento con Inspección Veterinaria Oficial o bien Rifle Sanitario si las condiciones imperantes así lo exigieran. A partir de la confección del acta de interdicción y hasta que se efectivice la medida, el propietario o persona que está a cargo de los porcinos, deberá continuar con el cuidado y la alimentación de los mismos. Será el encargado de su concentración y carga en el transporte designado. El incumplimiento de lo mencionado, lo hará pasible de las sanciones determinadas por las normas legales en vigencia. Si el propietario se negara a acatar lo dispuesto por Resolución, impidiendo el ingreso de los funcionarios actuantes, podrá solicitarse la Orden de Allanamiento (OA), lo que indica que se terminaron las negociaciones entre las partes.

La OA se gestiona ante el Juzgado de la zona y puede pedirla una persona sin poseer título de abogado.

La OA tiene una validez de 24 a 48 horas y las acciones que la misma prevee, deben llevarse a cabo entre la salida y la puesta del sol.

Legalmente, cuando desaparece la luz solar, se suspenden las tareas. Estas, podrán continuarse fuera del horario mencionado, si existe una manifestación escrita del propietario, autorizándolas. El propietario podrá presentar ante el Juez que entiende en la causa, un recurso de amparo o de no innovar. Si así fuera, se deben suspender las acciones y notificar de inmediato a la Subgerencia de Asuntos Jurídicos del SENASA.

Si no obstante la OA, existiese resistencia por parte del propietario a permitir se lleven a cabo las acciones, se recurrirá a la fuerza pública.

Se deberá, mediante la confección del Acta, informar en la misma, todos los aspectos relacionados con las acciones que se están realizando (tener presente que: ¡lo que no está escrito, no existe!), fecha, lugar, hora de ingreso, personas presentes, tareas y todo aquello que se considere necesario.

La misma, siempre debe estar firmada por dos testigos. La Resolución se dará por cumplida, cuando se haya producido la despoblación total de los establecimientos involucrados, por cualquiera de los métodos impuestos.

Estos, serán sometidos a limpieza, desinfección y desratización obligatoria por el municipio correspondiente, certificando por escrito tal acción. La repoblación de la explotación, si correspondiera, se realizará bajo expresa autorización del Programa Enfermedades de los Porcinos por escrito, previa inspección y verificación del cumplimiento de todo lo detallado anteriormente por parte del agente local del SENASA.

Con ello, se dan por concluídas las acciones. La Resolución Nº 255/95 (prohibiciones y requisitos para la crianza, tenencia, engorde y concentración de animales de la especie porcina), constituye el mejor y más reciente referente del marco jurídico que ampara el accionar de SENASA contra la Triquinelosis.

Fuente: Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria www.senasa.gov.ar 

 


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